Claves para entender la investigación de la CPI sobre crímenes de lesa humanidad en Venezuela

0
255
Karim Khan firmó junto al mandatario Nicolás Maduro un memorando de entendimiento para sellar la cooperación entre el Estado venezolano y el organismo internacional.

“El inicio de la investigación presupone que la Fiscalía (de la CPI) considera que las autoridades de Venezuela no han tenido voluntad o son incapaces de investigar a presuntos responsables. También que el Estado se ha limitado a investigar a sospechosos por crímenes que no son los adecuados”


 

Alessandro Di Stasio / Efecto Cocuyo (Venezuela) – 04/11/2021

Han pasado 45 meses desde que la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) incluyera a Venezuela en sus indagaciones sobre la comisión de presuntos crímenes de lesa humanidad. El procedimiento, que comenzó con la etapa de un examen preliminar para hacer las averiguaciones correspondientes, pasó a la siguiente fase: la del inicio de una investigación formal, tras el anuncio de Karim Khan, fiscal de la CPI, en un encuentro con el mandatario Nicolás Maduro el pasado 3 de noviembre.

A continuación 10 claves del proceso:

1 – Las indagaciones de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional iniciaron  el 8 de febrero de 2018. Ese día, a través de un comunicado, Fatou Bensouda, para ese momento la fiscal de la CPI, informó sobre el comienzo de un examen preliminar para la República Bolivariana de Venezuela. Con ello, precisó el mensaje oficial, se buscaba examinar “la información disponible para determinar, con pleno conocimiento de causa, si existe fundamento razonable para proceder a una investigación de conformidad con los criterios del Estatuto de Roma”.

De esa manera, explicó que la función del examen preliminar se limitaba a analizar si se habían cometido crímenes de lesa humanidad en Venezuela desde abril de 2017, en medio de las manifestaciones contra el gobierno nacional que ocurrieron ese año.

2 – Unos meses

después, el 27 de septiembre de ese mismo año, la Fiscalía recibió una solicitud de los estados de Argentina, Canadá. Colombia, Chile, Paraguay y Perú para investigar la presunta comisión de crímenes de lesa humanidad en Venezuela a partir del 12 de febrero de 2014.

¿Por qué se investiga a Venezuela y cuánto tiempo puede durar el proceso?

3 – Al ser Venezuela un Estado integrante del Estatuto de Roma, “las jurisdicciones nacionales tienen la responsabilidad primordial de investigar y enjuiciar a aquellos responsables de crímenes internacionales”.

Así, siempre en el marco del examen preliminar y, si es el caso, las investigaciones formales, la Fiscalía de la CPI mantiene roles fundamentales: sostener contactos con las autoridades nacionales para evaluar las investigaciones y enjuiciamientos ocurridos en el país; y también tendrá en cuenta toda información y comunicaciones que se le presente durante el examen preliminar.

4 – La CPI es tajante al señalar que no hay plazos establecidos para la duración de un examen preliminar. “Según los hechos y las circunstancias de cada situación, decidiré si iniciar una investigación, sujeto a revisión judicial cuando corresponda; continuar con la recopilación de información para establecer un fundamento fáctico y jurídico para tomar una determinación; o declinar la apertura de una investigación si no existiera un fundamento razonable para proceder”.

En el caso de Venezuela, el proceso se ha extendido por casi cuatro años hasta que Karim Khan, nombrado nuevo Fiscal de la CPI el 13 de febrero de 2021, informó el pasado 3 de noviembre sobre la decisión de abrir investigaciones formales para determinar si se cometieron crímenes de lesa humanidad en el país.

Para que se iniciara la investigación se entiende que durante la fase de examen preliminar se halló una base razonable para continuar con la investigación sobre estos crímenes. Venezuela se convierte así en el primer país de América en tener una investigación formal en la CPI por presuntos crímenes de lesa humanidad.

5 – Rafael Uzcátegui, coordinador general de Provea, una organización enfocada en la defensa de los derechos humanos, aseguró que con la decisión del Fiscal de la CPI puede interpretarse que “sí ocurrieron crímenes de lesa humanidad” en el país y que, hasta ahora, “no han sido investigados debidamente”.

Por su parte, Liliana Ortega, cofundadora de Cofavic, definió como histórico el pronunciamiento del Fiscal Karim Khan. Sin embargo, advirtió que no es “un punto de llegada”, pues, a su juicio, “aún hay mucho camino que recorrer y conocer”, como vencer la impunidad y lograr la reparación integral en crímenes de DDHH”.

¿Cuál es la meta de la CPI con estas investigaciones?

6 – Principalmente, según explicó Mariano de Alba, abogado especializado en derecho internacional y diplomacia, cualquier procedimiento de la CPI tiene la meta de juzgar a las personas que tengan la mayor responsabilidad por los crímenes de lesa humanidad cometidos.

En el caso particular sobre Venezuela, la Fiscalía de la Corte Penal Internacional dijo desde el primer momento que el foco de sus investigaciones recae en el uso excesivo de la fuerza de los organismos de seguridad para reprimir las protestas suscitadas en 2017, así como las detenciones, persecuciones y encarcelamientos de miembros de la oposición al Gobierno, que  “habrían sido presuntamente sometidos a graves abusos y maltrato durante su detención”.

7 – “El inicio de la investigación presupone que la Fiscalía (de la CPI) considera que las autoridades de Venezuela no han tenido voluntad o son incapaces de investigar a presuntos responsables. También que el Estado se ha limitado a investigar a sospechosos por crímenes que no son los adecuados”, escribió de Alba en su cuenta en Twitter.

Así, para realizar y proseguir con las diligencias concretas de investigación amparadas en el Estatuto de Roma, la Fiscalía de la CPI debe enviar una solicitud a las autoridades del Estado relevante (en esta ocasión Venezuela) a través de los mecanismos diplomáticos regulares.

8 – Un aspecto importante en cualquiera de estos procesos, detalla el abogado, es que la investigación es llevada a cabo por una Fiscalía de una institución internacional. Por esa razón se ve en la necesidad de actuar en conjunto con la Fiscalía nacional (la del país en cuestión), la cual está obligada (por formar parte del Estatuto de Roma) a cooperar en el desarrollo de la investigación.

Es también en esta situación donde las ONG, organizaciones civiles e independientes, y las denuncias de las víctimas de las violaciones de DD.HH. ejercen un rol de mucha importancia: el de proveer de información certera a las autoridades internacionales.

Visita a Venezuela y firma del memorando con el Gobierno nacional

9 – En el último día de su visita en Venezuela, y transmitido por la televisión nacional, el fiscal Karim Khan firmó junto al mandatario Nicolás Maduro un memorando de entendimiento para sellar la cooperación entre el Estado venezolano y el organismo internacional, tras el avance a la investigación formal que pesa sobre las autoridades por crímenes de lesa humanidad.

El anuncio, aunque no compartido por el jefe de Estado, fue presentado por otros funcionarios del Estado venezolano como un triunfo para el país. Mientras Tarek William Saab, Fiscal General designado por la extinta Asamblea Nacional Constituyente, dijo que se trataba de una “victoria institucional” por la “cooperación” entre las partes. Diosdado Cabello, primer vicepresidente del PSUVaseguró que les permitirá “abrir investigaciones que en su momento se cerraron por omisiones de la Fiscalía”.

10 – El documento firmado por Maduro y el fiscal de la CPI recoge que en la fase preliminar “no se ha identificado a ningún sospechoso ni a ningún objetivo y que la investigación tiene por objeto determinar la verdad y si existen o no motivos para formular cargos contra alguna persona”.

Las partes firmantes acordaron que Venezuela, como jurisdicción nacional, “adoptará todas las medidas necesarias para asegurar la efectiva administración de justicia, de acuerdo con los estándares internacionales, con el apoyo y el compromiso activo de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional en virtud del principio de complementariedad”.


  • Alessandro Di Stasio | @Adistasiob

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.