Claves para entender la prórroga que el fiscal de la CPI da al Estado venezolano

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Karim Khan, fiscal de la Corte Penal Internacional.

El pasado 3 de noviembre de 2021, Khan determinó que existen fundamentos razonables para creer que se cometieron crímenes que son competencia del tribunal internacional en Venezuela


 

Ibis León / Efecto Cocuyo (Venezuela) – 20/01/2022

El fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, otorgó al Estado venezolano tres meses, hasta el próximo 16 de abril de 2022, para que informe sobre las investigaciones que adelanta sobre presuntos crímenes de lesa humanidad.

El pasado 3 de noviembre de 2021, Khan determinó que existen fundamentos razonables para creer que se cometieron crímenes que son competencia del tribunal internacional en Venezuela. Por esta razón, decidió cerrar el examen preliminar, que estaba en curso desde 2018, y abrir formalmente la fase de investigación.

Efecto Cocuyo consultó a los abogados especialistas en derecho internacional Simón Gómez, Thairí Moya y Mariano de Alba para entender el alcance de la prórroga que da el fiscal. En las siguientes claves se resumen sus explicaciones:

1 – ¿Qué decidió el fiscal?

El Estatuto de Roma establece que el Estado, en este caso Venezuela, tiene un mes para informar a la CPI si está llevando o ha llevado a cabo una investigación, así como juicios contra los presuntos responsables.

Sin embargo, de acuerdo con el documento oficial publicado este 17 de enero, el fiscal decidió extender este plazo a tres meses para que las autoridades venezolanas presenten la información requerida.

La doctora en derecho Thairí Moya, argumenta que el funcionario está haciendo una “interpretación amplia” del artículo 42 del Estatuto de Roma, que norma sus competencias, para tomarse la atribución de alargar el plazo estatutario aunque no hay ningún apartado que diga expresamente que puede alterar el contenido de la norma.

2 – ¿Por qué tomó esta decisión?

La abogada recuerda que el fiscal está interesado en recibir la información que el Estado venezolano debe compartirle, de primera mano, sobre los casos que son objeto de la investigación y también quiere visitar nuevamente Venezuela para recabar más pruebas. En este sentido, debe mostrar disposición a cooperar.

“Es una decisión estratégica, es una táctica para mantener al Estado presente en todo el proceso y evitar que se tranquen las vías de cooperación”, afirma.

3 – ¿Cuál es el estatus de la investigación sobre el caso Venezuela?

El profesor Simón Gómez destaca que durante esta fase de admisibilidad, la investigación del fiscal de la CPI “se encuentra en suspenso” mientras el Estado prueba si garantiza o no justicia a las víctimas con juicios verídicos: “La situación de Venezuela frente a la CPI se encuentra en el momento clave de decisión de arranque de la investigación si Venezuela no da prueba fehaciente de que ha enjuiciado a los máximos responsables”.

4 – ¿Qué acciones puede tomar el Estado venezolano?

El asesor de Crisis Group, Mariano de Alba, advierte que, de acuerdo con el artículo 18 del Estatuto de Roma, Venezuela puede pedirle al Fiscal que “inhiba su competencia” argumentando que las autoridades venezolanas están al frente de la investigación.

Si el Estado venezolano decide cuestionar el inicio de la investigación por parte de la CPI y pedir su diferimiento, el fiscal tiene dos opciones: a) acepta la solicitud, difiriendo por seis meses la investigación de las personas relevantes; o b) no la acepta, teniendo que solicitar a la Sala de Cuestiones Preliminares que autorice la continuación de la investigación.

«Si el gobierno pide diferir, para que el fiscal pueda continuar con la investigación debe ir a la Sala de Cuestiones Preliminares y pedirle que autorice la continuación, esto va a ocasionar que se abra un debate en la sala. La fiscalía tendrá que presentar sus argumentos por escrito, el Estado venezolano también y los jueces deberán decidir», explica el abogado.


  • Artículo publicado en el Efecto Cocuyo el día 19/01/2022

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